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La OIV, referencia técnica de la nueva normativa chilena

March 25, 2020 0 Comments analysis , laboratory , Wines
La nueva normativa chilena adopta algunas disposiciones de la Organización Internacional de la Viña y el Vino. Como referencia científica y técnica del mundo de la vid y el vino, la OIV contribuye a la armonización y la adaptación de las legislaciones por parte de sus miembros. Tras haber resaltado el carácter intergubernamental, científico y técnico de la Organización Internacional de la Viña y el Vino y su papel para facilitar el comercio internacional, Chile acaba de enmendar su legislación vitivinícola con el fin de adherir a algunas recomendaciones de la OIV, Organización de la que es uno de sus 47 Estados miembros. En fecha del 24 de diciembre de 2019, el Gobierno de Chile promulgó un nuevo Decreto N.° 9 que modifica el Decreto N.° 78 de 1986 del Ministerio de Agricultura. Este último tiene como objetivo reglamentar la Ley N.° 18 455 que fija normas sobre la producción, elaboración y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas y vinagres. Ciertas modalidades de aplicación del decreto se especifican en la resolución 826/2020 del Ministerio de Agricultura publicada el 30 de enero de 2020. El nuevo decreto, que entró en vigencia el 1 de enero de 2020, recuerda que algunas prácticas enológicas, que han sido elaboradas y recomendadas por la OIV, presentan avances tecnológicos importantes para la producción del vino y favorecen la mejora de la competitividad de los vinos en el comercio internacional. En su texto, incorpora el tratamiento con poliaspartato, el tratamiento con glutatión  y el uso de fibras vegetales selectivas en vinos para reducir al máximo la presencia de ocratoxina A o de productos fitosanitarios. Ver articulo original
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